Cuánto cobra un abogado en Panamá

La Corte Suprema fija el honorario mínimo de cada trámite en el Acuerdo 609-A de 2021. Aquí están sus 513 tarifas, buscables y con el texto literal del Acuerdo.

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1 tarifa para «divorcio»

Es un mínimo, no una tarifa cerrada

El Acuerdo fija el piso: se pueden pactar honorarios superiores por contrato escrito. Cobrar por debajo del mínimo constituye, según el propio Acuerdo, falta a la ética profesional.

Cada renglón se reproduce con su cita literal porque el texto manda sobre cualquier resumen: hay tarifas que son un porcentaje con techo, otras que ofrecen dos caminos a elegir, y algunas que el Acuerdo deja a convenio.

Qué es el Acuerdo 609-A de 2021

Durante veinte años los honorarios mínimos de los abogados panameños se rigieron por el Acuerdo No. 49 de 24 de abril de 2001. El 4 de junio de 2021 la Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema aprobó por unanimidad una tarifa nueva, y el 16 de junio se publicó en la Gaceta Oficial. Esa tarifa es el Acuerdo 609-A, y es la que rige hoy.

Su Artículo 4° recoge 513 tarifas repartidas en nueve áreas, desde la consulta verbal hasta la casación. Lo que fija es un piso: el Acuerdo considera que cobrar por debajo es deslealtad y falta a la ética profesional, mientras que pactar por encima es libre.

Documento
Acuerdo No. 609-A de 4 de junio de 2021
Órgano
Sala Cuarta de Negocios Generales, Corte Suprema de Justicia de Panamá
Publicación
Gaceta Oficial Digital No. 29309-B de 16 de junio de 2021
Tarifas
513, en el Artículo 4°
Naturaleza
Mínima: se puede pactar por encima, no por debajo
Sustituye a
Acuerdo No. 49 de 24 de abril de 2001

Preguntas sobre la tarifa

¿Qué es el Acuerdo 609-A?

Es la tarifa de honorarios profesionales mínimos de los abogados en Panamá. La aprobó la Sala Cuarta de Negocios Generales, Corte Suprema de Justicia de Panamá el 4 de junio de 2021 y se publicó en la Gaceta Oficial Digital No. 29309-B de 16 de junio de 2021. Su Artículo 4° contiene las 513 tarifas, ordenadas por materia.

¿Desde cuándo está vigente?

Rige desde su publicación en la Gaceta Oficial, el 16 de junio de 2021. Sustituyó al Acuerdo No. 49 de 24 de abril de 2001, que estuvo veinte años en vigor. Venía de una Asamblea General de abogados de noviembre de 2016, elevada a la Sala Cuarta en septiembre de 2020.

¿Puedo cobrar menos de lo que dice la tarifa?

El Acuerdo fija un piso, y es explícito sobre lo que pasa al bajarlo: pactar honorarios por debajo del mínimo constituye deslealtad y falta a la ética profesional. No es una recomendación, es el texto de la norma.

¿Puedo cobrar más?

Sí. La tarifa es un mínimo, no un precio cerrado ni un techo. Se pueden pactar honorarios superiores, y lo prudente es dejarlo en contrato escrito antes de empezar el trabajo.

¿Es obligatorio para todos los abogados?

Alcanza al ejercicio profesional del abogado en Panamá. La consecuencia que el propio Acuerdo prevé para quien cobra por debajo es disciplinaria y ética, no una multa automática.

¿Cómo se lee un numeral como 5.6.1?

El primer número es el área —5 es derecho del trabajo—, el segundo la sección dentro de ella y el tercero la tarifa concreta. Buscando el numeral completo en esta página se llega directo al renglón.

¿Por qué una misma gestión tiene dos precios?

Porque varias tarifas distinguen a quién se representa. En revisión de cálculos laborales, por ejemplo, el Acuerdo fija B/.100.00 si se actúa para el trabajador y B/.250.00 si se actúa para el empleador.

¿Qué pasa con las tarifas que son un porcentaje?

Se calculan sobre la cuantía del asunto, y algunas traen un mínimo, un techo o las dos cosas. En esas, el texto literal manda sobre cualquier resumen: por eso cada renglón se reproduce completo en su página.

¿En qué moneda están las cifras?

En Balboa panameño (B/.), paridad 1:1 con USD. Las cantidades del Acuerdo se leen igual en dólares.

¿Incluye el ITBMS?

El Acuerdo fija el honorario profesional. El tratamiento fiscal de la factura va aparte y depende del régimen de cada despacho.

Ya sabes cuánto cobrar. ¿Y quién te lo debe?

El programa donde los despachos panameños llevan sus honorarios: registras al cliente una vez y siempre sabes quién te debe qué. Los recibos salen con tu membrete y su numeración correlativa, listos para WhatsApp.

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